Abogado especialista en hipotecas

Te van a realizar una ejecución hipotecaria, no te preocupes, vamos a ayudarte, solicita un presupuesto o consulta la duda que tengas a través de WhatsApp.

La ejecución hipotecaria es un proceso que puede tener consecuencias graves y duraderas para los propietarios de viviendas que enfrentan dificultades financieras. Existen recursos y opciones disponibles para aquellos que enfrentan dificultades financieras, por ello es importante que estés asistido por un Abogado especialista en hipotecas  

Se inicia cuando un prestatario no puede hacer los pagos de su hipoteca. El prestamista debe esperar hasta que el prestatario no haya realizado los pagos durante varios meses (12 plazos mensuales  dentro de la primera mitad de la duración del préstamo, o impago de 15 plazos mensuales si la mora se produjera dentro de la segunda mitad de la duración del préstamo) antes de iniciar el proceso de ejecución hipotecaria. Una vez incumplido el pago de cuotas, el prestamista presentará una demanda para recuperar la deuda pendiente 

Fase 1. Incumplimiento del préstamo

La primera fase de una ejecución hipotecaria es el incumplimiento del préstamo. Esto ocurre cuando el prestatario no cumple con los términos de su préstamo hipotecario, como no hacer los pagos a tiempo. 

Fase 2. Notificación de incumplimiento

El prestamista  enviará una notificación al prestatario informándole del incumplimiento de pago y le dará un plazo para ponerse al día, y que si no se toman medidas para remediar la situación, se procederá a la ejecución hipotecaria

Fase 3. Presentación de una demanda

Si el prestatario no se pone al día con el pago de las cuotas pendientes en el plazo establecido, el prestamista procederá a presentar una demanda de ejecución hipotecaria. En ella solicitará al Juzgado que ordene la venta de la propiedad en pública subasta para recuperar el dinero adeudado. El prestatario recibirá una notificación de la demanda de ejecución hipotecaria. Es importante que responda a la notificación y presente cualquier oposición que tenga y que contacte con un Abogado especializado en derecho hipotecario

 Fase 4. Venta de la propiedad

Una vez transcurrido el plazo de requerimiento de pago y resuelta la oposición, se puede proceder a la venta de la propiedad en una subasta pública. Cabe destacar que el prestatario puede pagar la deuda reclamada más intereses y costas hasta el momento de dictarse adjudicación y mantener su propiedad. 

.Fase 5. Desalojo El nuevo propietario podrá solicitar el lanzamiento del anterior propietario en el mismo procedimiento de ejecución hipotecaria, o llegar a un acuerdo de alquiler. El ejecutado podrá solicitar la suspensión de dicho lanzamiento si concurren circunstancias de especial vulnerabilidad, que tendrá que ser estimado por el Juez.

Una vez recibida la demanda, hay 10 días para oponerse. Los motivos de oposición están fijados en la ley y son los siguientes 

  1. Cancelación de la hipoteca o el pago del préstamo.
  2. El error en la determinación de la cuantía reclamada.
  3. La existencia de otra hipoteca o garantía previa sobre el mismo inmueble.

     4.La existencia de cláusulas abusivas en el préstamo que se está ejecutando como clausula suelo, vencimiento anticipado, claúsula de interés moratorio, gastos e impuestos y comisión de apertura

En algunos casos, la subasta puede no alcanzar a cubrir la deuda que tienes con el banco, si el valor de tasación no es muy alto y los  intereses y costas son muy elevados, y tampoco constituye dicha finca tu vivienda habitual. Si esto sucede, el banco puede seguir exigiendo que pagues la diferencia restante.

 

Además de la hipoteca, es probable que tengas otras deudas asociadas con la propiedad de la casa como IBI o comunidad de propietarios, debiéndolas asumir el nuevo propietario de la vivienda. 

Si te encuentras en una situación de ejecución hipotecaria, es posible que te preguntes si puedes vender tu vivienda para hacer frente a la deuda. La respuesta es sí, pero debes tener en cuenta ciertos aspectos antes de tomar una decisión, para ello debes consultar con un Abogado especialista en Hipotecas.

A veces para evitar quedarte sin tu vivienda, si la deuda reclamada no es muy elevada y no hay cargas posteriores sobre la misma. La venta por cantidad superior a lo reclamado, permite pagar dicha cantidad, al banco y quedarte un sobrante con el que poder hacer frete a otra vivienda. Esto deberá hacerse antes de que se celebra subasta y el postor se la adjudique

Tras una subasta, muchas personas se preguntan qué sucederá con su vivienda. En ocasiones, puede ser posible seguir viviendo en ella, pero todo dependerá de las circunstancias y del acuerdo al que se llegue con el nuevo propietario.

Así si la vivienda subastada es tu vivienda habitual y el préstamo que se ha ejecutado lo fue para la compra de dicha vivienda, no teniendo otra propiedad, si se cumplen ciertos requisitos personales y económicos, podrás permanecer viviendo en la finca ejecutada si as lo estima el Juez. Es importante contactar y estar asistido en todo momento por un Abogado especialista en Hipotecas

Una vez que se ha celebrado la subasta y ha sido adjudicada, el nuevo propietario podrá solicitar, en el transcurso del año desde que la adquirió, el lanzamiento del ejecutado y antiguo propietario. Una vez que se acuerda por el Juzgado que procede el lanzamiento, requerirá al antiguo propietario y ejecutado para que desaloje la vivienda voluntariamente en el plazo de 1 mes. Plazo que podrá ser prorrogado por otro mes más, de existir motivo fundado para ello. Si transcurrido este plazo no se ha desalojado voluntariamente, se señalará fecha para el lanzamiento.

El lanzamiento es el acto material de toma de posesión por el nuevo propietario de la vivienda. Llegado el día de realizar el lanzamiento del inmueble,  la comisión judicial, compuesta normalmente por dos personas del juzgado, entregará al propietario la posesión de su inmueble. Para ello deberá estar presente el propietario, o su procurador, junto con un cerrajero que se encargará de abrir la puerta y realizar el cambio de cerradura, entregándoselas al propietario. Si hubiera sospecha de existir problemas o posibilidad de disturbios  el día señalado, se podrá solicitar el auxilio de la policía.

La comisión judicial levantará acta del lanzamiento, reflejando la identificación de las personas presentes, el estado de la vivienda, si existen bienes o enseres, que tendrán la consideración de abandonados, y cualquier otra incidencia que quepa reseñar.

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¿Qué debe contener el contrato de hipoteca?

Un contrato de hipoteca, también conocido como escritura de hipoteca o contrato hipotecario, es un acuerdo legal entre un prestatario (el propietario de una propiedad) y un prestamista (generalmente un banco u otra institución financiera) que establece los términos y condiciones del préstamo hipotecario, así como los derechos y obligaciones de ambas partes. A continuación, se enumeran los elementos que típicamente deben incluirse en un contrato de hipoteca:

  1. Identificación de las partes: El contrato debe identificar claramente al prestatario (quien recibe el préstamo) y al prestamista (quien otorga el préstamo).

  2. Descripción de la propiedad: Debe incluir una descripción detallada de la propiedad que se hipoteca, incluyendo su ubicación, dimensiones y cualquier característica relevante.

  3. Monto del préstamo: Debe indicarse el monto del préstamo hipotecario, es decir, la cantidad de dinero prestada al prestatario.

  4. Tasa de interés: Deben especificarse la tasa de interés y cómo se calcularán los pagos de intereses durante la duración del préstamo.

  5. Plazo del préstamo: El contrato debe establecer la duración del préstamo, es decir, el período durante el cual se deben realizar los pagos. Los plazos típicos suelen ser de 15, 20 o 30 años.

  6. Pagos mensuales: Debe indicarse la cantidad del pago mensual requerido para amortizar el préstamo, incluyendo tanto el capital como los intereses.

  7. Amortización: El contrato debe explicar cómo se amortizará el préstamo, es decir, cómo se reducirá el saldo pendiente con el tiempo a medida que se realicen los pagos mensuales.

  8. Cláusulas de pago anticipado: Deben detallarse las condiciones bajo las cuales el prestatario puede realizar pagos anticipados o pagar el préstamo en su totalidad antes de la fecha de vencimiento sin penalización.

  9. Garantías y condiciones: El contrato debe incluir cualquier garantía adicional requerida por el prestamista, como un seguro hipotecario o seguro de propietario.

  10. Cláusula de vencimiento anticipado: Debe explicarse bajo qué circunstancias el prestamista puede declarar el préstamo como vencido anticipadamente, lo que generalmente ocurre si el prestatario incumple con los pagos.

  11. Derechos y responsabilidades del prestatario y del prestamista: Deben enumerarse los derechos y obligaciones de ambas partes, incluyendo los procedimientos en caso de incumplimiento, ejecución hipotecaria, seguros, impuestos y mantenimiento de la propiedad.

  12. Clausulas adicionales: Pueden incluirse otras cláusulas relacionadas con temas específicos, como restricciones sobre el uso de la propiedad, disposiciones sobre mejoras a la propiedad o acuerdos sobre quién es responsable de los impuestos y seguros.

  13. Procedimientos de ejecución hipotecaria: Debe establecerse cómo se llevará a cabo el proceso de ejecución hipotecaria en caso de que el prestatario no cumpla con los términos del contrato.

  14. Firma y fecha: El contrato debe ser firmado y fechado por ambas partes y, en algunos casos, también notarizado.

Es importante que ambas partes revisen detenidamente el contrato de hipoteca antes de firmarlo y que busquen asesoramiento legal si es necesario. Un abogado especializado en derecho inmobiliario puede proporcionar orientación y asegurarse de que el contrato cumpla con todas las leyes y regulaciones locales.

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Jurado Abogados: Abogado de Hipotecas en Sevilla

Una abogada especialista en menores en Sevilla con experiencia de más de 15 años en el sector, conociendo el procedimiento desde todos los ámbitos, tanto en la ejecución de la medida, por su experiencia como jurista en un centro de menores infractores durante 7 años, como en la tramitación previa. Con un lenguaje claro y cercano ya que es importante que nos entiendas, y nosotros entenderte a ti. 

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